e. Del Agua: Cerca del sitio en donde hayan de construirse campamentos, deberá suceder fuentes de agua potable en cantidad suficiente y debidamente protegida contra cualquier contaminación. ARTÍCULO 434. Los canales de los transportadores de troncos en los aserraderos deberán estar revestidos con planchas de hierro o colocados sobre https://archbishopd925uen9.shoutmyblog.com/profile