Los pensionados por invalidez por riesgos profesionales, deberán informar a la entidad administradora de riesgos profesionales correspondiente, del momento en el cual desaparezca o se modifique la causa por la cual se otorgó la pensión. Salvo lo establecido en el artículo 33 de este decreto, toda empresa que ingrese https://nikosi925rwa4.blogdanica.com/profile